La prescripción ganada puede ser renunciada por quienes pueden otorgar actos de disposición. La renuncia de un codeudor no afecta a los demás.
- Renuncia. La prescripción ya ganada puede ser renunciada por las personas que pueden otorgar actos de disposición. La renuncia a la prescripción por uno de los codeudores o coposeedores no surte efectos respecto de los demás. No procede la acción de regreso del codeudor renunciante contra sus codeudores liberados por la prescripción.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Entender las implicaciones de la renuncia a la prescripción es clave para evitar sorpresas en relaciones de deuda compartida.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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