La prescripción opera a favor y en contra de todas las personas, salvo disposición legal en contrario. Cualquier interesado puede oponerla, independientemente de la voluntad del obligado.
- Sujetos. La prescripción opera a favor y en contra de todas las personas, excepto disposición legal en contrario. Los acreedores y cualquier interesado pueden oponer la prescripción, aunque el obligado o propietario no la invoque o la renuncie.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esto implica que cualquier acreedor puede beneficiarse de la prescripción, lo que puede ser una herramienta útil en la gestión de deudas.
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Art. 2533. Carácter imperativo de la prescripción
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Art. 2535. Renuncia a la prescripción
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