Los bienes de particulares afectados a un servicio público no pueden ser perjudicados por acreedores. Esta protección es esencial para garantizar la continuidad de servicios.
- Bienes afectados directamente a un servicio público. Si se trata de los bienes de los particulares afectados directamente a la prestación de un servicio público, el poder de agresión de los acreedores no puede perjudicar la prestación del servicio. CAPITULO 3 Vivienda
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer que tus bienes destinados a un servicio público están protegidos te permite operar con mayor seguridad, sabiendo que no enfrentarás embargos que afecten el servicio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo