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Artículo 2420. Revocacion de la particion por donacion

La partición por donación puede ser revocada por el ascendiente en ciertos casos, como actos que justifiquen la exclusión por indignidad. Esto permite cierto control sobre las donaciones.

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Texto Legal

- Revocación. La partición por donación puede ser revocada por el ascendiente, con relación a uno o más de los donatarios, en los casos en que se autoriza la revocación de las donaciones y cuando el donatario incurre en actos que justifican la exclusión de la herencia por indignidad. SECCION 3ª Partición por testamento

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no consideras las condiciones de revocación, podrías perder el control sobre tus donaciones. Es recomendable establecer claramente las condiciones bajo las cuales se puede revocar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2420 del CCyC?

La partición por donación puede ser revocada por el ascendiente en ciertos casos, como actos que justifiquen la exclusión por indignidad. Esto permite cierto control sobre las donaciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2420 de la CCyC?

Si no consideras las condiciones de revocación, podrías perder el control sobre tus donaciones. Es recomendable establecer claramente las condiciones bajo las cuales se puede revocar.

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