El donante puede transmitir plena propiedad o solo la nuda propiedad, reservando el usufructo. Esto permite flexibilidad en la transmisión de bienes.
- Derechos transmitidos. El donante puede transmitir la plena propiedad de los bienes donados, o bien únicamente la nuda propiedad, reservándose el usufructo. También puede pactarse entre el donante y los donatarios una renta vitalicia en favor del primero.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no especificas claramente los derechos transmitidos, podrías generar confusión sobre la propiedad. Es esencial detallar las condiciones de la donación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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