CCyC

Artículo 2329. Frutos de bienes indivisos

Los frutos de los bienes indivisos se suman a la indivisión, y cada heredero tiene derechos y responsabilidades proporcionales a su parte.

frutosindivisiónherederos

Texto Legal

- Frutos. Los frutos de los bienes indivisos acrecen a la indivisión, excepto que medie partición provisional. Cada uno de los herederos tiene derecho a los beneficios y soporta las pérdidas proporcionalmente a su parte en la indivisión. CAPITULO 2 Indivisión forzosa

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los herederos deben llevar un control claro de los frutos generados por los bienes, ya que esto afecta la distribución de beneficios y pérdidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2329 del CCyC?

Los frutos de los bienes indivisos se suman a la indivisión, y cada heredero tiene derechos y responsabilidades proporcionales a su parte.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2329 de la CCyC?

Los herederos deben llevar un control claro de los frutos generados por los bienes, ya que esto afecta la distribución de beneficios y pérdidas.

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