CCyC

Artículo 2324. Actos conservatorios

Los herederos pueden tomar medidas para conservar bienes indivisos, utilizando fondos en su poder o exigiendo contribuciones a los demás.

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Texto Legal

- Actos conservatorios y medidas urgentes. Cualquiera de los herederos puede tomar las medidas necesarias para la conservación de los bienes indivisos, empleando a tal fin los fondos indivisos que se encuentran en su poder. A falta de ellos, puede obligar a los coherederos a contribuir al pago de los gastos necesarios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es importante actuar rápidamente para proteger los bienes de la herencia, ya que la falta de acción puede resultar en deterioro o pérdida de valor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2324 del CCyC?

Los herederos pueden tomar medidas para conservar bienes indivisos, utilizando fondos en su poder o exigiendo contribuciones a los demás.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2324 de la CCyC?

Es importante actuar rápidamente para proteger los bienes de la herencia, ya que la falta de acción puede resultar en deterioro o pérdida de valor.

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