Solo los titulares de derechos reales pueden constituir hipoteca, lo que asegura que quienes no tienen derechos no puedan comprometer bienes ajenos. Esto protege a los acreedores.
- Legitimación. Pueden constituir hipoteca los titulares de los derechos reales de dominio, condominio, propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios y superficie.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante verificar la legitimacion de quien constituye la hipoteca para evitar problemas legales en la recuperacion del credito.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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