CCyC

Artículo 2177. Trabajos contrarios al ejercicio de la servidumbre

El titular dominante puede exigir que se restablezca el estado del inmueble sirviente si se realizan trabajos que menoscaban la servidumbre. Esto protege el derecho de uso del titular dominante.

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Texto Legal

- Trabajos contrarios al ejercicio de la servidumbre. El titular dominante puede obligar a quien hizo en el inmueble sirviente trabajos que menoscaban el ejercicio de la servidumbre a restablecer la cosa a su estado anterior, a su costa. Si el inmueble sirviente pasa a poder de otro, éste sólo debe tolerar la realización de las tareas, sin poder reclamar contraprestación alguna.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si alguien altera el inmueble sirviente, tienes el derecho de exigir que se reponga la situación anterior, lo que asegura el ejercicio de tu servidumbre.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2177 del CCyC?

El titular dominante puede exigir que se restablezca el estado del inmueble sirviente si se realizan trabajos que menoscaban la servidumbre. Esto protege el derecho de uso del titular dominante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2177 de la CCyC?

Si alguien altera el inmueble sirviente, tienes el derecho de exigir que se reponga la situación anterior, lo que asegura el ejercicio de tu servidumbre.

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