El juez no puede imponer la constitución de una servidumbre, lo que asegura que la voluntad de las partes sea fundamental en estos acuerdos. Esta prohibición protege los derechos de los propietarios.
- Prohibición de servidumbre judicial. En ningún caso el juez puede constituir una servidumbre o imponer su constitución.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esto significa que no puedes esperar que un juez intervenga para establecer una servidumbre; debes llegar a un acuerdo con el propietario del fundo sirviente.
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Art. 2168. Legitimación para constituir servidumbres
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