CCyC

Artículo 2124. Extinción del derecho de superficie

El derecho de construir, plantar o forestar se extingue por varias causas, incluyendo la renuncia y el no uso. Este articulo establece las condiciones bajo las cuales se pierde el derecho de superficie.

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Texto Legal

- Extinción. El derecho de construir, plantar o forestar se extingue por renuncia expresa, vencimiento del plazo, cumplimiento de una condición resolutoria, por consolidación y por el no uso durante diez años, para el derecho a construir, y de cinco, para el derecho a plantar o forestar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No estar al tanto de las causas de extinción puede llevar a la pérdida de derechos sobre la propiedad, afectando inversiones y planes futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2124 del CCyC?

El derecho de construir, plantar o forestar se extingue por varias causas, incluyendo la renuncia y el no uso. Este articulo establece las condiciones bajo las cuales se pierde el derecho de superficie.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2124 de la CCyC?

No estar al tanto de las causas de extinción puede llevar a la pérdida de derechos sobre la propiedad, afectando inversiones y planes futuros.

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