Las decisiones de la asamblea se adoptan por mayoría absoluta, considerando tanto el número de unidades como las partes proporcionales. Las decisiones deben ser comunicadas a los ausentes.
- Mayoría absoluta. Las decisiones de la asamblea se adoptan por mayoría absoluta computada sobre la totalidad de los propietarios de las unidades funcionales y se forma con la doble exigencia del número de unidades y de las partes proporcionales indivisas de éstas con relación al conjunto. La mayoría de los presentes puede proponer decisiones, las que deben comunicarse por medio fehaciente a los propietarios ausentes y se tienen por aprobadas a los quince días de notificados, excepto que éstos se opongan antes por igual medio, con mayoría suficiente. El derecho a promover acción judicial de nulidad de la asamblea caduca a los treinta días contados desde la fecha de la asamblea.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La falta de comunicación adecuada puede generar descontento entre los propietarios y posibles impugnaciones a las decisiones tomadas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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