Cualquier propietario puede realizar reparaciones urgentes en partes comunes en ausencia del administrador, pero el consorcio puede negar el reintegro si el gasto es injustificado.
- Reparaciones urgentes. Cualquier propietario, en ausencia del administrador y de los integrantes del consejo de propietarios puede realizar reparaciones urgentes en las cosas y partes comunes, con carácter de gestor de negocios. Si el gasto resulta injustificado, el consorcio puede negar el reintegro total o parcial y exigir, si corresponde, la restitución de los bienes a su estado anterior, a costa del propietario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Actuar sin la debida autorización puede resultar en pérdidas económicas si el consorcio no aprueba el gasto realizado.
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