CCyC

Artículo 2018. Obligacion de pago del muro

El titular colindante debe pagar el muro de cerramiento en su totalidad y el de elevacion solo en la parte que utilice. Esto define claramente las responsabilidades financieras entre colindantes.

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Texto Legal

- Medida de la obligación. El titular colindante tiene la obligación de pagar el muro de cerramiento en toda su longitud y el de elevación sólo en la parte que utilice efectivamente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

No cumplir con esta obligación puede generar disputas legales y costos adicionales por falta de pago, afectando la relación entre colindantes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2018 del CCyC?

El titular colindante debe pagar el muro de cerramiento en su totalidad y el de elevacion solo en la parte que utilice. Esto define claramente las responsabilidades financieras entre colindantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2018 de la CCyC?

No cumplir con esta obligación puede generar disputas legales y costos adicionales por falta de pago, afectando la relación entre colindantes.

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