CCyC

Artículo 2010. Presunciones sobre muros

Se presume que el muro entre edificios altos es medianero hasta cierta altura, salvo prueba en contrario.

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Texto Legal

- Presunciones. A menos que se pruebe lo contrario, el muro lindero entre dos edificios de una altura mayor a los tres metros, se presume medianero desde esa altura hasta la línea común de elevación. A partir de esa altura se presume privativo del dueño del edificio más alto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta presunción puede afectar la propiedad y derechos de los colindantes, por lo que es importante tener la documentación adecuada para evitar sorpresas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2010 del CCyC?

Se presume que el muro entre edificios altos es medianero hasta cierta altura, salvo prueba en contrario.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2010 de la CCyC?

Esta presunción puede afectar la propiedad y derechos de los colindantes, por lo que es importante tener la documentación adecuada para evitar sorpresas.

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