La revocación del dominio de cosas registrables tiene efecto retroactivo, salvo disposición contraria en el título o la ley.
- Efecto de la revocación. La revocación del dominio de cosa registrable tiene efecto retroactivo, excepto que lo contrario surja del título de adquisición o de la ley. Cuando se trata de cosas no registrables, la revocación no tiene efecto respecto de terceros sino en cuanto ellos, por razón de su mala fe, tengan una obligación personal de restituir la cosa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es clave para entender las implicaciones de la revocación en bienes registrados. No tener en cuenta este efecto puede resultar en conflictos con terceros.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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