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Artículo 1966. Facultades

El titular del dominio revocable tiene las mismas facultades que el dueño perfecto, pero sus actos están sujetos a la extinción de su derecho.

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Texto Legal

- Facultades. El titular del dominio revocable tiene las mismas facultades que el dueño perfecto, pero los actos jurídicos que realiza están sujetos a las consecuencias de la extinción de su derecho.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo aclara las limitaciones en la toma de decisiones sobre bienes revocables. Ignorar estas facultades puede llevar a decisiones que afecten la propiedad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1966 del CCyC?

El titular del dominio revocable tiene las mismas facultades que el dueño perfecto, pero sus actos están sujetos a la extinción de su derecho.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1966 de la CCyC?

Este articulo aclara las limitaciones en la toma de decisiones sobre bienes revocables. Ignorar estas facultades puede llevar a decisiones que afecten la propiedad.

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