CCyC

Artículo 1933. Deberes inherentes a la posesión

El poseedor y el tenedor deben restituir la cosa a quien tenga derecho a reclamarla. Este artículo establece obligaciones que deben cumplirse para mantener la posesión.

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Texto Legal

- Deberes inherentes a la posesión. El poseedor y el tenedor tienen el deber de restituir la cosa a quien tenga el derecho de reclamarla, aunque no se haya contraído obligación al efecto. Deben respetar las cargas reales, las medidas judiciales inherentes a la cosa, y los límites impuestos en el Capítulo 4, Título III de este Libro.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El incumplimiento de estos deberes puede resultar en acciones legales en contra del poseedor, lo que puede llevar a la pérdida de la posesión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1933 del CCyC?

El poseedor y el tenedor deben restituir la cosa a quien tenga derecho a reclamarla. Este artículo establece obligaciones que deben cumplirse para mantener la posesión.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1933 de la CCyC?

El incumplimiento de estos deberes puede resultar en acciones legales en contra del poseedor, lo que puede llevar a la pérdida de la posesión.

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