La constitución o transmisión de un derecho real se convalida si el transmitente adquiere posteriormente el derecho que pretendía transferir. Esto asegura la estabilidad de las transacciones.
- Convalidación. Si quien constituye o transmite un derecho real que no tiene, lo adquiere posteriormente, la constitución o transmisión queda convalidada.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante asegurarte de que los derechos que transmites estén claros y que no haya riesgos de nulidad en la transacción, ya que esto podría afectar tus futuros derechos sobre el bien.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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