La regulación de los derechos reales está estrictamente definida por la ley, y cualquier modificación no prevista es nula. Esto establece un marco claro para la constitución y transmisión de derechos.
- Estructura. La regulación de los derechos reales en cuanto a sus elementos, contenido, adquisición, constitución, modificación, transmisión, duración y extinción es establecida sólo por la ley. Es nula la configuración de un derecho real no previsto en la ley, o la modificación de su estructura.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cualquier intento de modificar un derecho real sin respaldo legal puede resultar en la nulidad de dicho derecho, lo que podría ocasionar pérdidas económicas significativas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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