Los gestores que actúan conjuntamente y los varios dueños del negocio son solidariamente responsables frente al gestor. Esto crea una red de responsabilidad compartida.
- Responsabilidad solidaria. Son solidariamente responsables: a) los gestores que asumen conjuntamente el negocio ajeno; b) los varios dueños del negocio, frente al gestor.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esto puede complicar la situación legal si hay múltiples gestores, ya que todos pueden ser responsables por las mismas acciones, aumentando el riesgo financiero.
Anterior
Art. 1787. Responsabilidad del gestor por caso fortuito
Siguiente
Art. 1789. Ratificación del dueño
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo