La sentencia civil puede suspenderse si la acción penal precede o se intenta durante su curso, salvo ciertas excepciones. Esto establece un marco claro para el proceso judicial.
- Suspensión del dictado de la sentencia civil. Si la acción penal precede a la acción civil, o es intentada durante su curso, el dictado de la sentencia definitiva debe suspenderse en el proceso civil hasta la conclusión del proceso penal, con excepción de los siguientes casos: a) si median causas de extinción de la acción penal; b) si la dilación del procedimiento penal provoca, en los hechos, una frustración efectiva del derecho a ser indemnizado; c) si la acción civil por reparación del daño está fundada en un factor objetivo de responsabilidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las implicaciones de la suspensión puede ayudar a planificar mejor las estrategias legales y evitar sorpresas en el proceso judicial.
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