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Artículo 1775. Suspensión de sentencia civil

La sentencia civil puede suspenderse si la acción penal precede o se intenta durante su curso, salvo ciertas excepciones. Esto establece un marco claro para el proceso judicial.

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Texto Legal

- Suspensión del dictado de la sentencia civil. Si la acción penal precede a la acción civil, o es intentada durante su curso, el dictado de la sentencia definitiva debe suspenderse en el proceso civil hasta la conclusión del proceso penal, con excepción de los siguientes casos: a) si median causas de extinción de la acción penal; b) si la dilación del procedimiento penal provoca, en los hechos, una frustración efectiva del derecho a ser indemnizado; c) si la acción civil por reparación del daño está fundada en un factor objetivo de responsabilidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las implicaciones de la suspensión puede ayudar a planificar mejor las estrategias legales y evitar sorpresas en el proceso judicial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1775 del CCyC?

La sentencia civil puede suspenderse si la acción penal precede o se intenta durante su curso, salvo ciertas excepciones. Esto establece un marco claro para el proceso judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1775 de la CCyC?

Conocer las implicaciones de la suspensión puede ayudar a planificar mejor las estrategias legales y evitar sorpresas en el proceso judicial.

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