Este articulo detalla las circunstancias bajo las cuales un deudor puede ser responsable a pesar de un caso fortuito. Es crucial para entender las limitaciones de la exencion de responsabilidad.
- Responsabilidad por caso fortuito o por imposibilidad de cumplimiento. Aunque ocurra el caso fortuito o la imposibilidad de cumplimiento, el deudor es responsable en los siguientes casos: a) si ha asumido el cumplimiento aunque ocurra un caso fortuito o una imposibilidad; b) si de una disposición legal resulta que no se libera por caso fortuito o por imposibilidad de cumplimiento; c) si está en mora, a no ser que ésta sea indiferente para la producción del caso fortuito o de la imposibilidad de cumplimiento; d) si el caso fortuito o la imposibilidad de cumplimiento sobrevienen por su culpa; e) si el caso fortuito y, en su caso, la imposibilidad de cumplimiento que de él resulta, constituyen una contingencia propia del riesgo de la cosa o la actividad; f) si está obligado a restituir como consecuencia de un hecho ilícito.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Debes tener cuidado, ya que incluso en situaciones de caso fortuito, puedes ser considerado responsable si asumiste el riesgo o si estás en mora, lo que puede afectar tu situación financiera.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo