CCyC

Artículo 1619. Obligaciones del cedente

El cedente debe entregar documentos probatorios del derecho cedido al cesionario. En cesiones parciales, se requiere una copia certificada.

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Texto Legal

- Obligaciones del cedente. El cedente debe entregar al cesionario los documentos probatorios del derecho cedido que se encuentren en su poder. Si la cesión es parcial, el cedente debe entregar al cesionario una copia certificada de dichos documentos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cumplir con esta obligación es esencial para que el cesionario pueda ejercer sus derechos sin inconvenientes, evitando futuros reclamos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1619 del CCyC?

El cedente debe entregar documentos probatorios del derecho cedido al cesionario. En cesiones parciales, se requiere una copia certificada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1619 de la CCyC?

Cumplir con esta obligación es esencial para que el cesionario pueda ejercer sus derechos sin inconvenientes, evitando futuros reclamos.

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