CCyC

Artículo 1565. Donaciones inoficiosas

Se considera inoficiosa una donación que excede la parte disponible del patrimonio del donante. Esto protege a los herederos del donante.

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Texto Legal

- Donaciones inoficiosas. Se considera inoficiosa la donación cuyo valor excede la parte disponible del patrimonio del donante. A este respecto, se aplican los preceptos de este Código sobre la porción legítima. SECCION 4ª Reversión y revocación

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para proteger el patrimonio familiar, ya que evita que el donante comprometa su herencia al realizar donaciones excesivas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1565 del CCyC?

Se considera inoficiosa una donación que excede la parte disponible del patrimonio del donante. Esto protege a los herederos del donante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1565 de la CCyC?

Este articulo es fundamental para proteger el patrimonio familiar, ya que evita que el donante comprometa su herencia al realizar donaciones excesivas.

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