El agente tiene derecho a comisiones por operaciones concluidas durante el contrato y en ciertas condiciones después de su finalización.
- Base para el cálculo. Cualquiera sea la forma de la retribución pactada, el agente tiene derecho a percibirla por las operaciones concluidas con su intervención, durante la vigencia del contrato de agencia y siempre que el precio sea cobrado por el empresario. En las mismas condiciones también tiene derecho: a) si existen operaciones concluidas con posterioridad a la finalización del contrato de agencia; b) si el contrato se concluye con un cliente que el agente presentara anteriormente para un negocio análogo, siempre que no haya otro agente con derecho a remuneración; c) si el agente tiene exclusividad para una zona geográfica o para un grupo determinado de personas, cuando el contrato se concluye con una persona perteneciente a dicha zona o grupo, aunque el agente no lo promueva, excepto pacto especial y expreso en contrario.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo protege los intereses del agente, asegurando que reciba compensación por su trabajo incluso después de que el contrato haya terminado, lo que puede ser un incentivo para mantener buenas relaciones con los clientes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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