CCyC

Artículo 1437. Ineficacia de créditos

La inclusión de un crédito en una cuenta corriente no impide el ejercicio de acciones para declarar la ineficacia del acto del que deriva. Si se declara la ineficacia, el crédito debe eliminarse.

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Texto Legal

- Ineficacia. La inclusión de un crédito en una cuenta corriente no impide el ejercicio de las acciones o de las excepciones que tiendan a la ineficacia del acto del que deriva. Declarada la ineficacia, el crédito debe eliminarse de la cuenta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo permite a las partes protegerse contra créditos que puedan resultar inválidos, asegurando que solo se mantengan en la cuenta los créditos válidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1437 del CCyC?

La inclusión de un crédito en una cuenta corriente no impide el ejercicio de acciones para declarar la ineficacia del acto del que deriva. Si se declara la ineficacia, el crédito debe eliminarse.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1437 de la CCyC?

Este artículo permite a las partes protegerse contra créditos que puedan resultar inválidos, asegurando que solo se mantengan en la cuenta los créditos válidos.

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