CCyC

Artículo 1430. Definición de cuenta corriente

La cuenta corriente es un contrato que permite a las partes registrar remesas recíprocas y compensar saldos al final de un periodo. Esto facilita la gestión financiera entre las partes.

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Texto Legal

- Definición. Cuenta corriente es el contrato por el cual dos partes se comprometen a inscribir en una cuenta las remesas recíprocas que se efectúen y se obligan a no exigir ni disponer de los créditos resultantes de ellas hasta el final de un período, a cuyo vencimiento se compensan, haciéndose exigible y disponible el saldo que resulte.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Utiliza la cuenta corriente para optimizar la gestión de tus transacciones y mejorar el flujo de caja, asegurando que los saldos se compensen adecuadamente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1430 del CCyC?

La cuenta corriente es un contrato que permite a las partes registrar remesas recíprocas y compensar saldos al final de un periodo. Esto facilita la gestión financiera entre las partes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1430 de la CCyC?

Utiliza la cuenta corriente para optimizar la gestión de tus transacciones y mejorar el flujo de caja, asegurando que los saldos se compensen adecuadamente.

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