CCyC

Artículo 1405. Compensación de saldos

El banco debe compensar saldos de cuentas de un mismo titular, aunque sean en distintas monedas, al cerrar más de una cuenta.

compensacionsaldosmonedas

Texto Legal

- Compensación de saldos. Cuando el banco cierre más de una cuenta de un mismo titular, debe compensar sus saldos hasta su concurrencia, aunque sean expresados en distintas monedas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo asegura que no se pierda dinero al cerrar cuentas. Es recomendable tener claridad sobre los saldos para evitar confusiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1405 del CCyC?

El banco debe compensar saldos de cuentas de un mismo titular, aunque sean en distintas monedas, al cerrar más de una cuenta.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1405 de la CCyC?

Este articulo asegura que no se pierda dinero al cerrar cuentas. Es recomendable tener claridad sobre los saldos para evitar confusiones.

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