CCyC

Artículo 1317. Transporte con reexpedicion

Cuando un transportista entrega la carga a otro porteador, su responsabilidad concluye, salvo que se acuerde lo contrario. Esto simplifica la cadena de responsabilidad en el transporte.

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Texto Legal

- Transporte con reexpedición de las cosas. Si el transportista se obliga a entregar la carga a otro porteador y no acepta una carta de porte hasta un destino diferente al de tal entrega, se presume que sus responsabilidades como transportista concluyen con ella, sin otras obligaciones adicionales que la de emplear una razonable diligencia en la contratación del transportista siguiente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los transportistas deben ser claros en los terminos de la reexpedicion para evitar confusiones sobre la responsabilidad en caso de problemas posteriores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1317 del CCyC?

Cuando un transportista entrega la carga a otro porteador, su responsabilidad concluye, salvo que se acuerde lo contrario. Esto simplifica la cadena de responsabilidad en el transporte.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1317 de la CCyC?

Los transportistas deben ser claros en los terminos de la reexpedicion para evitar confusiones sobre la responsabilidad en caso de problemas posteriores.

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