CCyC

Artículo 1310. Responsabilidad por culpa

En el caso de cosas frágiles o mal acondicionadas, el transportista puede limitar su responsabilidad a la prueba de culpa. Esta cláusula no puede ser generalizada.

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Texto Legal

- Responsabilidad por culpa. Si se trata de cosas frágiles, mal acondicionadas para el transporte, sujetas a fácil deterioro, de animales o de transportes especiales, el transportista puede convenir que sólo responde si se prueba su culpa. Esta convención no puede estar incluida en una cláusula general predispuesta.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo permite al transportista protegerse ante daños en cargas delicadas. Sin embargo, debe estar bien documentado para ser efectivo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1310 del CCyC?

En el caso de cosas frágiles o mal acondicionadas, el transportista puede limitar su responsabilidad a la prueba de culpa. Esta cláusula no puede ser generalizada.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1310 de la CCyC?

Este artículo permite al transportista protegerse ante daños en cargas delicadas. Sin embargo, debe estar bien documentado para ser efectivo.

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