El transportista puede requerir al cargador que firme un documento que contenga las indicaciones necesarias para el transporte. Este documento es esencial para el recibo de la carga.
- Carta de porte. El transportista tiene derecho a requerir del cargador que suscriba un documento que contenga las indicaciones enunciadas en el artículo 1296 y las estipulaciones convenidas para el transporte. Su emisión importa recibo de la carga.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La carta de porte es clave para formalizar el transporte. Sin ella, pueden surgir disputas sobre la carga y sus condiciones.
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Art. 1297. Responsabilidad del cargador
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Art. 1299. Segundo ejemplar de la carta de porte
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