CCyC

Artículo 1183. Contrato por tiempo indeterminado

Si no se establece un plazo en el suministro, cualquiera de las partes puede resolverlo con aviso previo. Esto proporciona flexibilidad en la relación contractual.

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Texto Legal

- Contrato por tiempo indeterminado. Si la duración del suministro no ha sido establecida expresamente, cualquiera de las partes puede resolverlo, dando aviso previo en las condiciones pactadas. De no existir pacto se aplican los usos. En su defecto, el aviso debe cursarse en un término razonable según las circunstancias y la naturaleza del suministro, que en ningún caso puede ser inferior a sesenta días.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La posibilidad de resolver el contrato con aviso previo permite adaptarse a cambios en el negocio. Sin embargo, no dar el aviso adecuado puede resultar en penalizaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1183 del CCyC?

Si no se establece un plazo en el suministro, cualquiera de las partes puede resolverlo con aviso previo. Esto proporciona flexibilidad en la relación contractual.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1183 de la CCyC?

La posibilidad de resolver el contrato con aviso previo permite adaptarse a cambios en el negocio. Sin embargo, no dar el aviso adecuado puede resultar en penalizaciones.

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