CCyC

Artículo 1154. Compraventa de cosas no visibles

Las cosas que no están a la vista deben adecuarse al contrato al momento de su entrega. Esto protege al comprador en transacciones a distancia.

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Texto Legal

- Compraventa de cosas que no están a la vista. En los casos de cosas que no están a la vista y deben ser remitidas por el vendedor al comprador, la cosa debe adecuarse al contrato al momento de su entrega al comprador, al transportista o al tercero designado para recibirla.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es crucial para las ventas a distancia, ya que asegura que el comprador reciba lo que realmente acordó. Ignorarlo puede resultar en reclamaciones y pérdida de confianza.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1154 del CCyC?

Las cosas que no están a la vista deben adecuarse al contrato al momento de su entrega. Esto protege al comprador en transacciones a distancia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1154 de la CCyC?

Este articulo es crucial para las ventas a distancia, ya que asegura que el comprador reciba lo que realmente acordó. Ignorarlo puede resultar en reclamaciones y pérdida de confianza.

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