CCyC

Artículo 1059. Disposiciones generales sobre señal

La entrega de señal se interpreta como confirmatoria del acto, salvo acuerdo contrario. Esto afecta la forma en que las partes pueden retractarse de un contrato.

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Texto Legal

- Disposiciones generales. La entrega de señal o arras se interpreta como confirmatoria del acto, excepto que las partes convengan la facultad de arrepentirse; en tal caso, quien entregó la señal la pierde en beneficio de la otra, y quien la recibió, debe restituirla doblada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender este articulo es vital para evitar conflictos sobre la señal; si decides arrepentirte, puedes perder la señal entregada, lo que puede impactar tu liquidez.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1059 del CCyC?

La entrega de señal se interpreta como confirmatoria del acto, salvo acuerdo contrario. Esto afecta la forma en que las partes pueden retractarse de un contrato.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1059 de la CCyC?

Entender este articulo es vital para evitar conflictos sobre la señal; si decides arrepentirte, puedes perder la señal entregada, lo que puede impactar tu liquidez.

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