La tutela puede ser ejercida por una o más personas, y las diferencias de criterio deben resolverse judicialmente. Establece la intransmisibilidad del cargo de tutor.
- Caracteres. La tutela puede ser ejercida por una o más personas, conforme aquello que más beneficie al niño, niña o adolescente. Si es ejercida por más de una persona, las diferencias de criterio, deben ser dirimidas ante el juez que haya discernido la tutela, con la debida intervención del Ministerio Público. El cargo de tutor es intransmisible; el Ministerio Público interviene según lo dispuesto en el artículo 103.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La intransmisibilidad del cargo de tutor garantiza que la responsabilidad se mantenga en manos adecuadas, evitando conflictos de interés y asegurando la estabilidad del tutelado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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