LGS

Artículo 69. Derecho a impugnación

El derecho a aprobar e impugnar estados contables es irrenunciable, y cualquier convención en contrario es nula. Esto protege los derechos de los socios.

impugnacionderechossocios

Texto Legal

— El derecho a la aprobación e impugnación de los estados contables y a la adopción de resoluciones de cualquier orden a su respecto, es irrenunciable y cualquier convención en contrario es nula. Reserva legal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este derecho protege a los socios de decisiones arbitrarias. Ignorarlo puede llevar a conflictos y a la desconfianza en la gestión de la empresa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 69 del LGS?

El derecho a aprobar e impugnar estados contables es irrenunciable, y cualquier convención en contrario es nula. Esto protege los derechos de los socios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 69 de la LGS?

Este derecho protege a los socios de decisiones arbitrarias. Ignorarlo puede llevar a conflictos y a la desconfianza en la gestión de la empresa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 69 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 69 LGS desde tu celular