Este articulo prohíbe la actuación de socios aparentes o prestanombres, estableciendo un marco legal claro para evitar fraudes. La infracción conlleva sanciones severas.
Prohibición. Queda prohibida la actuación societaria del socio aparente o presta nombre y la del socio oculto. (Artículo sustituido por art. 19 de la Ley N° 27.444 B.O. 18/6/2018) Socio del socio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si utilizas un socio aparente, podrías enfrentarte a responsabilidades ilimitadas y solidarias, lo que puede comprometer tu patrimonio personal y la viabilidad de tu negocio.
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