LGS

Artículo 196. Promocion de acciones

Las acciones deben ser promovidas en un plazo de seis meses tras el vencimiento de la suscripcion. Los accionistas perjudicados o directores pueden iniciar acciones legales.

accionesplazoaccionistas

Texto Legal

— Las acciones del artículo anterior deben ser promovidas en el término de seis (6) meses a partir del vencimiento del plazo de suscripción. Titulares. Las acciones pueden ser intentadas por el accionista perjudicado o cualquiera de los directores o síndicos. Limitación al derecho de preferencia. Condiciones.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Si no se promueven las acciones dentro del plazo, se pierde el derecho a reclamar, lo que puede afectar la recuperacion de inversiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 196 del LGS?

Las acciones deben ser promovidas en un plazo de seis meses tras el vencimiento de la suscripcion. Los accionistas perjudicados o directores pueden iniciar acciones legales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 196 de la LGS?

Si no se promueven las acciones dentro del plazo, se pierde el derecho a reclamar, lo que puede afectar la recuperacion de inversiones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 196 del LGS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 196 LGS desde tu celular