El programa de fundacion debe incluir detalles sobre los promotores, las acciones y el banco encargado de la gestion. Este contenido es vital para la correcta constitucion de la sociedad.
El programa de fundación debe contener: 1º) Nombre, edad, estado civil, nacionalidad, profesión, número de documento de identidad y domicilio de los promotores; 2º) Bases del estatuto; 3º) Naturaleza de las acciones: monto de las emisiones programadas, condiciones del contrato de suscripción y anticipos de pago a que obligan; 4º) Determinación de un banco con el cual los promotores deberán celebrar un contrato a fin de que el mismo asuma las funciones que se le otorguen como representante de los futuros suscriptores. A estos fines el banco tomará a su cuidado la preparación de la documentación correspondiente, la recepción de las suscripciones y de los anticipos de integración en efectivo, el primero de los cuales no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25 %) del valor nominal de las acciones suscriptas. Los aportes en especie se individualizarán con precisión. En los supuestos en que para la determinación del aporte sea necesario un inventario, éste se depositará en el banco. En todos los casos el valor definitivo debe resultar de la oportuna aplicación del artículo 53; 5º) Ventajas o beneficios eventuales que los promotores proyecten reservarse. Las firmas de los otorgantes deben ser autenticadas por escribano público u otro funcionario competente. Plazo de suscripción.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si el programa no incluye todos los elementos requeridos, la autoridad puede rechazarlo, lo que retrasaria el proceso de constitucion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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