Cuando los fondos sociales son insuficientes para cubrir deudas, los liquidadores deben exigir a los socios las contribuciones necesarias. Este artículo establece la obligación de los socios de aportar según el tipo de sociedad o contrato constitutivo.
Cuando los fondos sociales fueran insuficientes para satisfacer las deudas, los liquidadores están obligados a exigir de los socios las contribuciones debidas de acuerdo con el tipo de sociedad o del contrato constitutivo. Partición y distribución parcial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se exigen estas contribuciones, los liquidadores podrían enfrentar problemas legales y los socios podrían perder su inversión si no cumplen con sus obligaciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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