Se establece que la instancia no perime en el concurso, mientras que en otras actuaciones la perencion se opera a los tres meses. Esto busca evitar dilaciones innecesarias en el proceso concursal.
- Perención de instancia. No perime la instancia en el concurso. En todas las demás actuaciones, y en cualquier instancia, la perención se opera a los TRES (3) meses.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La no perencion de la instancia en el concurso es una ventaja que permite a los acreedores y deudores mantener el proceso activo sin el riesgo de que se cierre por inactividad.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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