LCQ

Artículo 243. Orden de privilegios especiales

Establece el orden de prelación de los privilegios especiales y las condiciones bajo las cuales ciertos créditos pueden prevalecer sobre otros.

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Texto Legal

- Orden de los privilegios especiales. Los privilegios especiales tienen la prelación que resulta del orden de sus incisos, salvo: 1) en el caso de los incisos 4 y 6 del Artículo 241, en que rigen los respectivos ordenamientos; 2) el crédito de quien ejercía derecho de retención prevalece sobre los créditos con privilegio especial si la retención comenzó a ejercerse antes de nacer los créditos privilegiados. Si concurren créditos comprendidos en un mismo inciso y sobre idénticos bienes, se liquidan a prorrata.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Entender el orden de privilegios te ayudará a planificar mejor tus estrategias de cobro y a anticipar posibles conflictos con otros acreedores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 243 del LCQ?

Establece el orden de prelación de los privilegios especiales y las condiciones bajo las cuales ciertos créditos pueden prevalecer sobre otros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 243 de la LCQ?

Entender el orden de privilegios te ayudará a planificar mejor tus estrategias de cobro y a anticipar posibles conflictos con otros acreedores.

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