El síndico debe decidir sobre el personal que cesará en sus funciones dentro de diez días tras la continuación de la empresa. Los despedidos tienen derecho a verificación en la quiebra.
- Elección del personal. Resuelta la continuación de la empresa, el síndico debe decidir, dentro de los DIEZ (10) días corridos a partir de la resolución respectiva, qué dependientes deben cesar definitivamente ante la reorganización de las tareas. En ese caso se deben respetar las normas comunes y los dependientes despedidos tienen derecho a verificación en la quiebra. Los que continúan en sus funciones también pueden solicitar verificación de sus acreencias. Para todos los efectos legales se considera que la cesación de la relación laboral se ha producido por quiebra. No será de aplicación el presente artículo en los casos de continuidad de la explotación a cargo de una cooperativa de trabajadores o sujeto de derecho constituido por trabajadores de la fallida. (Párrafo incorporado por art. 23 de la Ley Nº 26.684 B.O. 30/06/2011)
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este proceso puede generar incertidumbre para los empleados, quienes deben estar preparados para posibles despidos y la verificación de sus derechos laborales.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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