Los acreedores con créditos no dinerarios deben concurrir a la quiebra por el valor de sus créditos en moneda nacional. Esto establece un estándar para la evaluación de sus derechos.
- Prestaciones no dinerarias. Los acreedores de prestaciones no dinerarias, de las contraídas en moneda extranjera o aquellos cuyo crédito en dinero deba calcularse con relación a otros bienes, concurren a la quiebra por el valor de sus créditos en moneda de curso legal en la REPUBLICA ARGENTINA, calculado a la fecha de la declaración o, a opción del acreedor a la del vencimiento, si este fuere anterior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los acreedores deben estar preparados para calcular el valor de sus créditos correctamente, ya que esto afectará su posición en el concurso y la recuperación de activos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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