LCQ

Artículo 100. Incompetencia

El deudor y cualquier acreedor pueden solicitar la declaración de incompetencia del juzgado en un plazo similar al del recurso de reposición. Esto permite cuestionar la jurisdicción del juzgado.

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Texto Legal

- Incompetencia. En igual término que el indicado en el Artículo 94, el deudor y cualquier acreedor, excepto el que pidió la quiebra, pueden solicitar se declare la incompetencia del juzgado para entender en la causa. Son parte los indicados en el Artículo 95 y, en su caso, el acreedor que planteo la incompetencia.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cuestionar la competencia del juzgado puede ser una estrategia para el deudor o acreedores, pero debe hacerse con fundamento legal sólido para evitar complicaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 100 del LCQ?

El deudor y cualquier acreedor pueden solicitar la declaración de incompetencia del juzgado en un plazo similar al del recurso de reposición. Esto permite cuestionar la jurisdicción del juzgado.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 100 de la LCQ?

Cuestionar la competencia del juzgado puede ser una estrategia para el deudor o acreedores, pero debe hacerse con fundamento legal sólido para evitar complicaciones.

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