ley-22362-marcas-ar

Artículo 20.

Texto Legal

— Cuando se solicite la renovación del registro, se actuará conforme con lo establecido en el Artículo 10 y se presentará además una declaración jurada en la que se consignará si la marca fue utilizada en el plazo establecido en el Artículo 5º, por lo menos en una de las clases, o si fue utilizada como designación, y se indicará según corresponda, el producto, servicio o actividad. Dictada la resolución aprobatoria del registro o de la renovación se entregará al solicitante el certificado respectivo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 20 del ley-22362-marcas-ar?

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