NICSP 47

Artículo 89. NICSP 47 — Párrafo 89

Texto Legal

Una entidad satisface una obligación de cumplimiento utilizando recursos internamente para un bien o servicio comprometido (es decir, un activo), o para transferir un bien o servicio comprometido a un comprador o a un tercero beneficiario. Un activo se utiliza internamente o se transfiere cuando (o a medida que) la entidad que lo recibe obtiene el control de ese activo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 89 del NICSP 47?

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