Este articulo establece las penas aplicables en caso de que concurra una circunstancia agravante específica. Las penas varían dependiendo del tipo de delito, desde quince días hasta cuatro años de prisión.
- Si concurriere la circunstancia enunciada en el inciso 1.º letra a) del artículo 81, la pena será: en el caso del artículo 89, de quince días a seis meses; en el caso del artículo 90, de seis meses a tres años; y en el caso del artículo 91, de uno a cuatro años.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las penas específicas es crucial para evaluar el riesgo legal en situaciones que puedan involucrar agravantes. Ignorar estas circunstancias puede resultar en sanciones más severas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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