CP

Artículo 65. Prescripcion de penas

Este articulo detalla los plazos de prescripcion para diferentes tipos de penas, desde reclusión perpetua hasta multas. Es fundamental para entender las consecuencias legales de un delito.

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Texto Legal

- Las penas se prescriben en los términos siguientes: 1.º La de reclusión perpetua, a los veinte años; 2.º La de prisión perpetua, a los quince años; 3.º La de reclusión o prisión temporal, en un tiempo igual al de la condena; 4.º La de multa mayor de dos mil pesos, a los tres años; 5.° La de multa que no excediere de dos mil pesos, al año.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer los plazos de prescripcion de las penas permite evaluar el riesgo de sanciones a largo plazo. Ignorar estos plazos puede llevar a sorpresas desagradables en el futuro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del CP?

Este articulo detalla los plazos de prescripcion para diferentes tipos de penas, desde reclusión perpetua hasta multas. Es fundamental para entender las consecuencias legales de un delito.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la CP?

Conocer los plazos de prescripcion de las penas permite evaluar el riesgo de sanciones a largo plazo. Ignorar estos plazos puede llevar a sorpresas desagradables en el futuro.

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